BPS: mínimo Fonasa para actividad exclusiva en 2026
Servicios personales con actividad exclusiva; valor referido a enero de 2026, sujeto a actualizaciones.
Mínimo Fonasa de servicios personales exclusivos
El comunicado 6/2026 de BPS, publicado en febrero, informa que desde enero de 2026 el mínimo para titulares de servicios personales con actividad exclusiva es 75 % del Costo Promedio Equivalente, conforme al Decreto 25/026.
Considera exclusiva la actividad cuando no existe cobertura del Seguro Nacional de Salud por otra actividad o pasividad. Si el cálculo queda por debajo del mínimo, corresponde complementarlo.
El comunicado consigna $ 5.020 para enero de 2026 y aclara que está sujeto a actualizaciones. Ese valor histórico no debe presentarse como el monto vigente de cualquier mes ni como deuda del usuario. Antes de calcular, confirmar cobertura, período y valor actualizado.
Fuente oficial: BPS. Consultada el 12 de septiembre de 2026. Síntesis revisada, no consulta del estado de cuenta del contribuyente.